Se trata de ayudas de carácter urgente, transitorio y puntual de emergencia para atender la
cobertura de necesidades básicas de subsistencia y efectos derivados de la situación de estado de
alarma.
Dirigido a personas o unidades familiares, que los servicios sociales consideren que se
encuentran afectadas a nivel socioeconómico por la situación de crisis sanitaria (pérdida de empleo,
ERTE, cierre de negocios…), que de no atenderlas podrían derivar en otros problemas mayores.
Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
1 solo miembro………………………………………………822.90€
2 miembros……………………………………………...……960.05€
3 ó 4
miembros……………………………………………..1097.20€
5 ó más miembros…………………………………………1371.50€
Encontrarse en una situación de emergencia y necesidad social, según valoración técnica emitida por los Servicios Sociales mediante un Informe Social, en el cual constara que la causa de la emergencia ha sido provocada por la aparición del problema del COVID-19.
TIPOS DE AYUDAS:
a) Necesidades básicas de alimentación, aseo personal e higiene doméstica.
b) Productos
farmacéuticos. Solo aquellos medicamentos no subvencionados o en la parte no subvencionada por el
Sistema General de la Seguridad Social
c) Suministros básicos de electricidad, agua y gas, que no
estén recogidos en el Bono Social.
c) Gastos de sepelio que no estén cubiertos por póliza de seguros
individual o colectivo.
d) Otras necesidades no contempladas, cuando no sea posible cubrirlas por
medios propios ni mediante otras ayudas públicas, siempre que esté debidamente motivado y
justificado.
No podrán ser sufragados conceptos que puedan ser cubiertos por medio de otras ayudas extraordinarias que se establezcan en el contexto del estado de alarma por otras Administraciones públicas.